Diputación de Badajoz

Información sobre Protección de datos

Responsable del tratamiento: Diputación Provincial de Badajoz

c/ Obispo San Juan de Rivera, 6 - 06071 - Badajoz
Teléfono: 924 212 400
Email: oac@dip-badajoz.es

 

Delegado de Protección de Datos: J. Enrique Vión Pérez

Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Teléfono: 924 212 237
Email: dpd@dip-badajoz.es

 

Autoridad de Control

Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)

C/ Jorge Juan, 6 - 28001 MADRID

 

Finalidad del tratamiento: Servicio de atención telemática de la Oficina de Atención a Alcaldes y Alcaldesas de la Diputación de Badajoz.

Base jurídica del tratamiento: Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Destinatarios de cesiones o transferencias: No sé prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial.

Derechos de los afectados : • Derecho de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos. • Derechos de limitación u oposición al tratamiento. • Derecho a reclamar ante la autoridad de control.

Información adicional: http://www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php

La persona interesada autoriza el tratamiento de sus datos de carácter personal con la única y exclusiva finalidad de gestionar y realizar las actuaciones derivadas de la finalidad anteriormente indicada.

Asimismo, la persona interesada queda informada sobre la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición, sobre el tratamiento de sus datos de carácter personal frente a la Excelentísima Diputación Provincial de Badajoz. c/ Felipe Checa, 23 - 06071 Badajoz.

Igualmente, la Diputación de Badajoz le informa que se han adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.

 
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Catálogo de servicios y ayudas a Municipios.

(nuevo) Fomento del TURISMO EN ENTORNOS ACUÁTICOS 2025

Centro Gestor: DESARROLLO RURAL, RETO DEMOGRÁFICO Y TURISMO -

Convocatoria en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a los municipios y entidades locales menores de la provincia para la realización de actividades de turismo acuático en las zonas de baño autorizadas durante el año 2025.

 

GASTOS SUBVENCIONABLES                                               

La subvención es Compatible con otras subvenciones públicas o privadas, siempre que no se dupliquen los importes.

Se podrán subvencionar los gastos que:

  • Se realicen y facturen entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.
  • Estén pagados antes del 15 de febrero de 2026.
  • Figuren en el presupuesto del proyecto.
  • Estén claramente relacionados con el programa subvencionado.

Tipos de gastos aceptados:

  1. Actividades de turismo acuático en zonas de baño autorizadas, dirigidas a:
    • Promoción del patrimonio natural.
    • Ocio saludable y familiar.
    • Actividades deportivas, educativas o de sensibilización.
  2. Dietas y desplazamientos, hasta un máximo del 10% de la subvención:
    • Ajustados al RD 462/2002.
    • Incluye gastos con vehículo propio o colectivo, parkings y peajes.
    • Debidamente justificados y relacionados con el proyecto.
  3. Honorarios profesionales, con justificación fiscal adecuada (modelos 111, 190, IRPF, etc.).
  4. Premios, justificados mediante acta de jurado, recibos y retenciones correspondientes.

Se permite la subcontratación total o parcial del proyecto, siempre que aporte valor añadido y cumpla con la normativa vigente.

 

GASTOS NO SUBVENCIONABLES                                                    

  • Gastos no previstos en el presupuesto o no directamente relacionados con el proyecto.
  • Pagos en metálico (salvo parkings o peajes).
  • Adquisición de bienes inventariables (informática, mobiliario...).
  • Inversiones en infraestructuras (señalización, patrimonio, rutas...).
  • Gastos estructurales generales (agua, luz, teléfono...).
  • Retribuciones al personal propio del ayuntamiento.
  • Publicaciones genéricas no vinculadas al proyecto.
  • Intereses bancarios, sanciones, impuestos personales u otros gastos prohibidos por ley.

 

DOTACIÓN PRESUPUESTARIA                                                              

100.000,00 €

  • Cada beneficiario podrá recibir hasta 7.000 euros, como máximo.
  • El importe total del proyecto no puede superar los 7.000 € más la financiación adicional que se declare en el Anexo III (aportaciones propias u otras ayudas públicas o privadas).

 

 

SOLICITUDES                                                                                  

***** Presentación exclusivamente a través de SEDE LECTRÓNICA ******

Al ANEXO I-Solicitud, cumplimentada en sede electrónica, se adjuntará la siguiente documentación:

  1. ANEXO II-Declaración responsable sobre otras ayudas solicitadas y/o concedidas, así como de cumplir con los requisitos para obtener la condición de entidad
  2. ANEXO III-Formulario de identificación del proyecto, incluidos antecedentes objetivos, resultados, actividades, cronograma, presupuesto total del proyecto diferenciando previsiones de financiación y gastos y desglosando, en su caso, las distintas aportaciones tanto de fondos propios como de subvenciones, transferencias o aportaciones de otros entes públicos o privados para el proyecto objeto de la solicitud. Para la cumplimentación de este anexo se contemplará la relación de gastos subvencionables que figuran en la base 5 de esta convocatoria.
  3.  Justificante de solicitud de alta o de modificación de datos en el Registro de Terceros de Diputación, en el caso de aquellas entidades que no estén inscritas en el mismo o que, estando inscritas, deseen modificar los datos que constan en dicho Registro. Para ello deberán presentar, a través de la sede electrónica, seleccionando la Delegación de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio y el trámite "Solicitud de alta de tercero", el modelo de alta de terceros y el de certificación bancaria.
  4. Certificados acreditativos del cumplimiento de las obligaciones tributarias, así como con la Diputación de Badajoz y la Seguridad Social, en el caso de que el interesado deniegue expresamente su consentimiento para que el órgano gestor recabe directamente los mismos.

CRITERIOS DE VALORACIÓN Y DETERMINACIÓN DE LAS CUANTÍAS DE LAS SUBVENCIONES

 

Valoración                                 

  • Los proyectos presentados se puntuarán hasta un máximo de 50 puntos
  • No se subvencionarán los que obtengan una valoración inferior a 20 puntos:

Criterios de valoración              

1. Descripción de la actividad: Claridad y coherencia expositiva de los antecedentes, objetivos, actividades y resultados esperados, adecuados a la finalidad de esta línea de ayudas (hasta un máximo de 5 puntos). 

2. Complementación de actuaciones de promoción de Diputación de Badajoz, sin entrar en competencia con proyectos propios de la Institución Provincial para las mismas zonas para los que son diseñados (hasta un máximo de 5 puntos).

  • Si complementa actuaciones de promoción de la Diputación (3 puntos).
  • Si no entra en competencia con proyectos propios de la Diputación (2 puntos).

3. Duración del proyecto (hasta un máximo de 10 puntos).

  • Se puntuará a razón de 2,5 puntos por jornada/día de duración del proyecto, hasta un máximo de 10 puntos.

4. Conjunto de actividades de diversa naturaleza que englobe el proyecto (hasta un máximo de 10 puntos).

  • Se trata de un evento concreto y aislado para la promoción del medio acuático como recurso turístico del municipio (5 puntos).
  • Se trata de un evento integrado con otras actividades o actuaciones de carácter turístico para la promoción de los recursos turísticos del municipio (feria, ruta, festival, visita, jornada, etc.) (10 puntos).

5. Impacto o alcance territorial esperado del proyecto, en cuanto a su público objetivo (hasta un máximo de 5 puntos).

6. Contribución del proyecto al aprovechamiento turístico del destino (hasta un máximo de 5 puntos).

7. Medidas de difusión previstas para conseguir una mayor participación y atracción de visitantes, a través de su publicidad en medios de comunicación en diversos formatos, tales como anuncios, reportajes, etc. en prensa escrita, revistas especializadas, radio, televisión o presencia en redes sociales a través de campañas de marketing digital: 2 punto por cada medida de difusión prevista, hasta un máximo de 10 puntos.

 

DETERMINACIÓN DE LAS CUANTÍAS INDIVIDUALIZADAS DE LAS SUBVENCIONES

  • Si el total de solicitudes con 20 puntos o más no supera el presupuesto disponible, se concederá lo solicitado, hasta 7.000 €.
  • Si se supera el presupuesto, la ayuda se repartirá proporcionalmente a la puntuación, con un máximo de 7.000 € por entidad, o el importe solicitado si es menor.

 

RESOLUCION DE LA CONVOCATORIA                                                       

En un plazo máximo de 3 meses desde que finalice el plazo de solicitud.

 

MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN                                                        

Podrá solicitar una modificación de la resolución de concesión si surgen circunstancias imprevistas que cambien las condiciones iniciales, siempre que:

  • No se altere el objetivo ni la naturaleza del proyecto.
  • No se perjudiquen terceros.
  • La solicitud se presente antes de que finalice el plazo de ejecución.
  • No se modifiquen los plazos de realización, facturación o pago (base 5).

La solicitud debe presentarse por sede electrónica, estar debidamente justificada y se resolverá por el órgano competente.

 

PAGO DE LA SUBVENCIÓN                                                                             

Se establece aplicable la regla del pago previo, con posterior justificación de los fondos. año

 

 

 

JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN                                                         

  • Plazo de justificación: Hasta el 15 de febrero de 2026.
  • Forma de presentación: Solo a través del trámite en Sede electrónica, que corresponde al modelo normalizado (Anexo V).
  • Documentación a presentar

A) Justificación técnica

  • Memoria final firmada, describiendo:
    • Actividades realizadas.
    • Gastos ejecutados (detalle cualitativo y cuantitativo).
    • Resultados obtenidos.
    • Uso de imagen de Diputación (en cartelería, web, vídeos...).
    • Anexo VIII de indicadores.
    • Si se quiere enviar material gráfico de gran tamaño, solicitar acceso a MERCURIO (ofsubvenciones@dip-badajoz.es).

B) Justificación económica

  • Anexo IV, firmado por Secretaría y Presidencia:
    • Relación detallada de gastos con fechas, facturas y pagos.
    • Fuentes de financiación (Diputación y otras).
    • Acreditación de pagos y certificación de que no se ha superado el coste total.
    • Justificante de reintegro, si procede.
    • Carta de pago de ingreso en el presupuesto municipal.
  • Formato: Todo en formato digital (memoria, facturas, pagos, etc.).
  • Prórroga del plazo de justificación
    • Solo en casos excepcionales y previa solicitud antes del 15 de febrero de 2026.
    • La ampliación no puede superar la mitad del plazo original.
    • No amplía el plazo de ejecución (que acaba el 31 de diciembre de 2025).
    • Se solicita por sede electrónica, seleccionando el trámite correspondiente.
  • Requerimientos
    • Si no se presenta la justificación a tiempo, se conceden 15 días improrrogables para hacerlo.
    • Si hay errores o faltas en la documentación presentada, se notificará y habrá 10 días hábiles para corregirlos.

 

INDICADORES DE RESULTADOS (ANEXO VIII)                                        

En la memoria final de justificación se deben incluir los siguientes datos:

  1. Localidades beneficiadas por el proyecto.
  2. Número de personas participantes, desglosado por sexo y edad.
  3. Grado de cumplimiento de los objetivos previstos en el proyecto.

 

  • Que el municipio disponga de zona de baño autorizada por el Servicio Extremeño de Salud para el año 2025.
  • No estar inhabilitados por la Ley General de Subvenciones
  • Encontrarse al corriente de sus obligaciones con la hacienda provincial, Seguridad Social y pago de reintegros de subvenciones (si los hubiera).
  • Autorizar la consulta automática de estos requisitos (o presentar certificaciones si no se autoriza).
  • Presentar una declaración responsable (Anexo II) junto con la solicitud.
  • Un único proyecto por entidad, ejecutado durante el ejercicio 2025. En el caso de se presentara más de una solicitud, solo se tendrá en cuenta la primera que haya tenido entrada en primera instancia, salvo que se trate de subsanaciones.
  • La subvención no puede superar el coste real del proyecto, ni sumada a otras ayudas.

 

OBLIGACIONES                                                                                      

  1. Ejecutar el proyecto y los gastos conforme a lo aprobado.
  2. Comunicar cualquier cambio o incidencia durante el desarrollo de las actividades, para su autorización.
  3. Permitir el control y seguimiento por parte de la Diputación.
  4. Dar visibilidad a la Diputación de Badajoz como entidad subvencionadora, incluyendo su logotipo en todo el material (carteles, folletos, vídeos, etc.).
  5. Informar sobre otras ayudas recibidas para el mismo proyecto. Si se supera el coste total, deberá reintegrarse el exceso.
  6. Cumplir todas las obligaciones establecidas en las bases y la normativa aplicable.

 

Plazo de solicitud: Abierto
Desde el 18-07-2025 hasta el 06-08-2025

20 días naturales ….. desde el 18 DE JULIO AL 6 DE AGOSTO DE 2025

 

¿Cuál es su grado de satisfacción sobre el contenido de este servicio?

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