Información sobre Protección de datos
Responsable del tratamiento: Diputación Provincial de Badajoz
c/ Obispo San Juan de Rivera, 6 - 06071 - Badajoz
Teléfono: 924 212 400
Email: oac@dip-badajoz.es
Delegado de Protección de Datos: J. Enrique Vión Pérez
Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Teléfono: 924 212 237
Email: dpd@dip-badajoz.es
Autoridad de Control
Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)
C/ Jorge Juan, 6 - 28001 MADRID
Finalidad del tratamiento: Servicio de atención telemática de la Oficina de Atención a Alcaldes y Alcaldesas de la Diputación de Badajoz.
Base jurídica del tratamiento: Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Destinatarios de cesiones o transferencias: No sé prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial.
Derechos de los afectados : • Derecho de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos. • Derechos de limitación u oposición al tratamiento. • Derecho a reclamar ante la autoridad de control.
Información adicional: http://www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php
La persona interesada autoriza el tratamiento de sus datos de carácter personal con la única y exclusiva finalidad de gestionar y realizar las actuaciones derivadas de la finalidad anteriormente indicada.
Asimismo, la persona interesada queda informada sobre la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición, sobre el tratamiento de sus datos de carácter personal frente a la Excelentísima Diputación Provincial de Badajoz. c/ Felipe Checa, 23 - 06071 Badajoz.
Igualmente, la Diputación de Badajoz le informa que se han adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Centro Gestor: INFRAESTRUCTURAS, MOVILIDAD Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO - Planes y Gestión Administrativa de Inversiones
Convocatoria conjunta y concesión, en concurrencia competitiva, en el marco de los planes: “Embellecimiento de plazas públicas, jardines y otros espacios públicos" + "Identidad patrimonial municipal" + "Sendas escolares seguras"
Las subvenciones tienen por finalidad impulsar la inversión pública dirigida al embellecimiento de los espacios públicos, los elementos identitarios y las sendas escolares, que resultan elementos esenciales para mejorar la competitividad municipal, la seguridad y lograr una óptima satisfacción de los turistas que vienen buscando experiencias auténticas, originales y autóctonas y, por ende, la dinamización de la actividad económica, poniendo a disposición de las entidades locales de la provincia los recursos necesarios para afrontar tales.
DOTACIÓN PRESUPUESTARIA
La cuantía total de crédito presupuestario asciende a 4.000.000,00 euros.
GASTOS ELEGIBLES
Gastos relativos a inversiones en la ejecución de obras y equipamientos municipales (capítulo 6 de la clasificación económica del gasto: Inversiones reales), incluyéndose dentro de este apartado el gasto soportado por el IVA, no deducible, de actuaciones financiadas por determinados proyectos europeos, que según sus convocatorias no consideran el IVA como gasto subvencionable. Cuando se trate de obras, las mismas han de tener la consideración de obra completa, entendiéndose por tal la susceptible de ser entregada al uso general o servicio correspondiente.
Los gastos asociados de redacción de proyecto, dirección de obra y coordinación de seguridad y salud de las actuaciones que se puedan ejecutar en el marco de las referidas líneas de actuación, tendrán igualmente el carácter de gastos subvencionables, por tanto, no se podrá solicitar la elaboración de estos trabajos de asistencia técnica a la Diputación de Badajoz. Cuando los estudios y trabajos técnicos sean susceptibles de aplicación a planes, programas, anteproyectos y proyectos de inversión, dichos estudios y trabajos no se incluirán en el capítulo 2, sino en el capítulo 6, al conllevar un mayor valor de la inversión.
Para la correcta ejecución de las actuaciones, las entidades beneficiarias deberán observar la normativa vigente en contratación pública, así como la normativa técnica, urbanística y sectorial correspondiente, debiendo tener siempre la disponibilidad de los terrenos, acreditándose este punto en la declaración responsable a presentar junto con la solicitud.
1.- Actuaciones Plan "Embellecimiento de plazas públicas, jardines y otros espacios públicos"
a) Actuaciones en las fachadas y cubiertas de edificios públicos municipales.
b) Actuaciones en infraestructuras municipales.
c) Actuaciones en zonas verdes urbanas.
2.- Actuaciones Plan de "Identidad patrimonial municipal".
3.- Actuaciones Plan de "Sendas escolares seguras" (cada entidad local solo puede presentar una solicitud que hará referencia a un proyecto en relación con un único centro escolar de la respectiva localidad).
SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN
Se presentarán únicamente por SEDE ELECTRÓNICA de Diputación de Badajoz, con la firma electrónica requerida, a través del trámite "Remisión de documentación para la solicitud de subvención de la convocatoria conjunta Vive tu municipio 2025", junto con la siguiente documentación:
CRITERIOS DE OTORGAMIENTO Y DISTRIBUCIÓN DE LAS CUANTÍAS SUBVENCIONADAS
Plan "Embellecimiento de plazas públicas, jardines y otros espacios públicos".
Plan "Identidad patrimonial municipal".
Plan "Sendas escolares seguras".
RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA
Plazo máximo de 3 meses a contar desde la fecha de finalización de presentación de solicitudes.
MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN POR CAMBIO DE ACTUACIONES
Siempre que no se dañe derechos de terceros, y no supongan modificación presupuestaria, los beneficiarios tendrán que comunicarlo mediante ANEXO 2, y estará sometida a los siguientes requisitos:
PLAZO DE EJECUCIÓN Y PAGO
Las actuaciones elegibles, que serán aquellas que se realicen o hayan ejecutado y pagado desde el 1 de enero de 2025 hasta el 30 de diciembre de 2026.
MODIFICACIÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN Y PAGO
La ampliación del plazo de ejecución y pago tendrá como fecha máxima, el 30 de diciembre de 2027.
CONCURRENCIA CON OTRAS SUBVENCIONES
Los gastos subvencionables por esta convocatoria conjunta serán compatibles con otras ayudas que tengan la misma finalidad, teniendo en cuenta que el importe de la misma en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
PAGO DE LA SUBVENCIÓN
Se establece la aplicación de la regla del pago previo, con posterior justificación de los fondos.
JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
Obligatoriamente a través de sede electrónica y en el plazo de 3 meses siguientes a la finalización del plazo de ejecución y pago de las actuaciones, es decir, hasta el 30 de marzo de 2027, la siguiente documentación justificativa de las aportaciones realizadas por la Diputación de Badajoz, de la siguiente forma (esta fecha variará en caso de que se apruebe una prórroga del periodo de ejecución y pago):
PRÓRROGA DE LA JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
Excepcionalmente, y de manera motivada, los beneficiarios del Plan, podrán solicitar la prórroga de presentación de la justificación, según ANEXO 5 con los siguientes requisitos:
A) La solicitud tendrá que tener registro 20 días antes de la finalización del plazo máximo establecido para la presentación de la justificación.
B) Requerirá autorización expresa de la Diputación, cuyo trámite interno se ajustará al siguiente procedimiento:
C) Podrá autorizarse una ampliación del plazo establecido para la presentación de la justificación que no exceda de la mitad del mismo y siempre que con ello no se perjudique derechos de tercero.
INDICADORES DE RESULTADO Y ACTIVIDAD E IDENTIFICACIÓN DE LOS OBJETIVOS DE DESARROLLO SOSTENIBLE
Para evaluar la consecución de los objetivos determinados en esta convocatoria y en cumplimiento de lo dispuesto en la cláusula octava del Plan estratégico de subvenciones para 2025, se considerarán, entre otros, los siguientes indicadores de resultados, los cuales deberán constar en la documentación remitida en la cuenta justificativa mediante el ANEXO 6 el cual incorpora además la identificación de los objetivos de desarrollo sostenible con las actuaciones desarrolladas:
Municipios de la provincia con población inferior a 20.000 habitantes y a las entidades locales menores de la misma
OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
20 días naturales…. Del 11 al 30 de julio de 2025.
BOP nº 130, de 10 de julio de 2025: Convocatoria conjunta "Vive tu municipio", que comprende los planes "Embellecimiento de plazas públicas, jardines y otros espacios públicos", de "Identidad patrimonial municipal" y de "Sendas escolares seguras"
BOP nº 130, de 10 de julio de 2025: Extracto de la convocatoria conjunta "Vive tu municipio" para financiar la ejecución de actuaciones de interés en diversas infraestructuras y equipamientos de las entidades locales de la Provincia